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Elecciones universitarias 2025

El 12 de noviembre de 08:00 a 19:00 son las Elecciones Universitarias 2025.

Votan 326 mil estudiantes, egresados y docentes de la Universidad de la República.

La participación en las elecciones es obligatoriaNo se admitirán votos observados por encontrarse fuera del departamento (no está permitido el llamado voto interdepartamental)

Qué se elige

Asamblea General del Claustro: 
3 miembros por el orden docente, 2 miembros por los egresados y 2 por los estudiantes.

Asamblea del Claustro de Facultad o Instituto asimilado:  
15 miembros por los docentes, 10 por los egresados y 10 por los estudiantes.

Consejo de Facultad o Instituto asimilado a Facultad: 
3 miembros del orden estudiantil para todas las facultades excepto Facultad de Derecho, 5 (miembros) del orden docente para Facultad de Artes y Facultad de Información y Comunicación, 3 (tres) miembros del orden egresados para Facultad de Artes, Facultad de Información y Comunicación y Facultad de Ciencias Sociales.

En todos los órganos conjuntamente con los titulares se elegirán doble número de suplentes.

Hojas de votación

Habrá 3 tipos de hojas de votación:

  1. Una que contendrá la lista de candidatos para integrar la Asamblea General del Claustro.
  2. Una que contendrá la lista de candidatos a integrar la Asamblea del Claustro de cada Facultad.
  3. Una que contendrá la lista de candidatos a integrar el Consejo de Facultad en todos los órdenes para Facultad de Artes y la Facultad de Información y Comunicación. Egresados para la Facultad de Ciencias Sociales y en el orden  Estudiantil para todas las Facultades excepto Facultad de Derecho.

Por qué es importante votar

La Universidad de la República (Udelar) es un organismo autónomo y por ley tiene una forma de gobierno participativo (cogobierno) en la cual estudiantes, docentes, egresados y egresadas tienen voz y representación en sus órganos directivos.
Las Elecciones Universitarias permiten a los integrantes de la comunidad universitaria elegir sus representantes en los distintos órganos. En esta ocasión se eligen a los integrantes de las Asambleas del Claustro de Facultad y la Asamblea General del Claustro de la Udelar.

  • Asamblea General del Claustro (AGC): todos los órdenes.
  • Asamblea del Claustro de todas las Facultades: todos los órdenes.
  • Consejo de la Facultad de Artes y Facultad de Información y Comunicación: todos los órdenes. 
  • Consejo de la Facultad de Ciencias Sociales: orden de egresados y estudiantes.
  • Consejo de la Facultad de Agronomía; Facultad de Arquitectura, Diseño y Urbanismo; Facultad de Ciencias; Facultad de Ciencias Económicas y Administración; Facultad de Enfermería; Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación; Facultad de Ingeniería; Facultad de Medicina; Facultad de Odontología; Facultad de Psicología; Facultad de Química, y Facultad de Veterinaria: orden de estudiantes. 

Estudiantes, docentes y egresadas/os de carreras con no menos de 2 años de las Facultades que participan de esta elección.

La elección será obligatoria para todos quienes que integran los padrones electorales, exceptuando a las personas mayores de 75 años. 

Las y los estudiantes que ingresaron en 2025 también votan.

En las Elecciones Universitarias el voto es en todos los casos secreto y obligatorio. Para votar se debe presentar Cédula de Identidad.

A cada Orden —Estudiantil, Docentes y Egresados— le corresponden hojas de votación diferentes. Estas estarán disponibles en los circuitos de votación. El número de opciones disponibles por cada Orden puede variar, dependiendo de la Facultad.

Las Elecciones Universitarias se realizarán el miércoles 12 de noviembre de 2025, en el horario de 8.00 a 19.00 horas, en forma presencial.

Se vota en todo el país. Las y los estudiantes votan en sus lugares de estudio, mientras que cada docente debe votar en el lugar donde trabaja y cada egresado o egresada en el lugar donde reside, en locales dispuestos por la Corte Electoral.

En localidades donde no hay comisiones receptoras, se puede votar por correspondencia en los locales del Correo Uruguayo, en calidad de observado por identidad, el día martes 11 de noviembre, siempre y cuando el elector se encuentre en el padrón en una localidad de ese mismo departamento (los electores deben llevar las hojas de votación).

En caso de no votar y no justificarlo, las y los estudiantes serán sancionados con la imposibilidad de rendir exámenes durante dos períodos consecutivos, mientras que docentes, egresados y egresadas deberán pagar una multa de 5 Unidades Reajustables.

Atento a lo dispuesto en el artículo 29 de la ley 15.739, los mayores de setenta y cinco (75) años están exceptuados de la obligatoriedad de emitir sufragio el próximo 29 de noviembre.

¿Cuál es el criterio de docente habilitado a integrar los padrones?

Aquellos docentes efectivos o interinos que tengan un año o más de antigüedad continua o discontinua a la fecha de la elección (12/11/2025).

¿Cuál es el criterio de egresado habilitado a integrar los padrones?

Aquellos que figuren en los registros con título expedido por la Universidad de la República. Este criterio no comprende títulos revalidados, excepto en casos en que la Universidad haya tomado a su cargo las funciones docentes de otros institutos públicos que discontinuaron su actividad y revalidado los correspondientes títulos

¿Cómo vota una persona que pertenece a más de un orden por ej. docente y egresado?

Dentro de una Facultad el orden de prelación es: estudiante, docente y egresado, por lo tanto en el caso del ejemplo la persona debe votar como docente.

Si una persona pertenece a más de una Facultad, en el mismo o distinto orden, ¿debe votar más de una vez?

La elección es por facultad, por lo tanto la persona debe votar en todas las facultades en las que integra alguno de los órdenes.

¿Dónde votan los estudiantes de carreras de administración compartida?

Votan en la Facultad donde ingresaron a la carrera, a menos que hayan optado antes del cierre de los padrones, a votar en la otra.

Por ejemplo:

Ingeniería de Alimentos: votan en FQ

Ingeniería Química: votan en FING o en FQ, dependiendo de su ingreso

Cs. de la Atmósfera: votan en FCIEN o en FING, dependiendo de su ingreso

¿Cómo puedo averiguar dónde tengo que votar?

Aquí: https://www.gub.uy/corte-electoral/universitaras2025

¿Qué documento se debe presentar para votar?

Cédula de Identidad

¿Hay sanciones por no votar?

Sí. En caso de no votar y no justificarlo, las sanciones previstas son:

Estudiantes – imposibilidad de rendir exámenes durante 2 períodos consecutivos

Docentes y Egresados – pago de 5 UR

¿Puedo votar durante mi horario laboral?

Sí. El artículo 190 de la Ley de Elecciones 7.812 indica que los funcionarios públicos, propietarios, directores y administradores de establecimientos comerciales o industriales y todo patrono, deberán conceder a los inscriptos habilitados para votar, que estén bajo su dependencia, un término no menor de dos horas para que concurran a votar en sus respectivos circuitos, sin perjuicio de los haberes o jornales que les correspondan.

¿Se puede justificar de alguna forma el hecho de no votar?

Sí. La justificación por no votar se debe presentar ante la Corte Electoral. Solo serán pasibles de justificación las siguientes situaciones:

  1. Padecer enfermedad, invalidez o imposibilidad física que impida, el día de la elección, concurrir a la Comisión Receptora de votos. Se deberá acreditar mediante certificado médico.
  2. Hallarse ausente del país el día de las elecciones. Se deberá acreditar mediante cualquier medio de prueba documental (certificado de la Dirección Nacional de Migración donde conste la fecha de salida y entrada al país; pasaporte o pasajes que acrediten dichos extremos; constancia de trabajo en el exterior, etc).
  3. Haber estado imposibilitado por razones de fuerza mayor. Se considerará causa de fuerza mayor el encontrarse fuera del departamento en el que le corresponda votar al elector el día del acto electoral, lo que se acreditará mediante prueba documental o declaración jurada.

No voy a estar en el país ese día, ¿se puede votar desde el exterior?

No. Para evitar la sanción debes justificarlo de la forma descrita en la respuesta anterior. Debes hacerlo dentro de los 60 días luego de retornar al país.

Quiero tener una constancia de que no figuro en el padrón, ¿cómo hago?

Si una persona no figura en el padrón, no tiene obligación de votar. No obstante esto, si desea tener una constancia escrita de que no está en el padrón, podrá descargarla del sitio web de la Corte Electoral.

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